México
Proponen en SCJN amparar a acusados del caso “Duda razonable”
El proyecto de resolución será votado la próxima semana en el pleno de ministros, la propuesta del ministro Ortiz Mena se funda en que nunca hubo pruebas fundadas para condenar a los inculpados.
Los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), discutieron esta noche el caso #Duda Razonable, documental que fue transmitido en la plataforma de streaming, Netflix.
#México 🔴 | El ministro de la @SCJN, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propone otorgar un amparo liso y llano, y ordenar la inmediata libertad, de los tres sentenciados por el delito de secuestro en Tabasco, caso que dio origen al documental #DudaRazonable pic.twitter.com/7Pghumx6rS
— Tabasco HOY (@TabascoHOY) November 29, 2022
Este documental trata de un secuestro que ocurrió en Tabasco, delito por el cual fueron sentenciados tres personas.
Por este hecho, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propuso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgar un amparo liso y llano, y con ello ordenar la inmediata libertad, de los tres sentenciados.
El proyecto de resolución será votado la próxima semana en el pleno de ministros, la propuesta se funda en que nunca hubo pruebas fundadas para condenar a Héctor Muñoz, Juan Luis López y Gonzalo García a 50 años de cárcel.
El caso fue atraído por el máximo tribunal en febrero pasado, luego de que el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, anunció que apoyarían la investigación en contra de ex funcionarios de la Fiscalía Estatal de Justicia de Tabasco que se habrían coludido, entre 2012 y 2018, para encarcelar a los sentenciados, mediante acusaciones falsas.
En su proyecto , Gutiérrez Ortiz Mena sostiene que el juez que dictó las sentencias “realmente nunca tuvo frente así evidencia aportada por la fiscalía que corroborara de manera robusta y suficiente el hecho delictivo materia de juicio”.
Añade que después de revisar declaraciones de los sentenciados encuentra que tienen integridad cronológica, son detallados y pormenorizados como para sostener su inocencia, mientras que el ministerio público estatal no aportó ningún elemento de prueba firme para sostener su acusación.
Gutiérrez Ortiz Mena señala que no hay ni siquiera elementos suficientes como para que la SCJN reponga el juicio: “dar a la fiscalía una nueva —y no merecida— oportunidad para enmendar su actuación investigadora. La violación al derecho de los quejosos a ser juzgados mediante un juicio respetuoso del principio de presunción de inocencia es de tal magnitud que un nuevo juicio no haría más revictimizarlos bajo una premisa nuevamente contraria a dicha exigencia constitucional y que recordaría a las pretensiones de un sistema inquisitivo ya superado: castigar a como dé lugar. El Ministerio Público local ya ha tenido oportunidad para probar su acción en juicio y la ha perdido.”
Por ello, propone otorgar el amparo liso y llano a los dos sentenciados, quienes recuperarán la libertad en cuando la SCJN otorgue su votación favorable.
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