Tabasco
¡Expulsaran! candidatos violentos
A horas de vencerse el plazo para apuntar a aspirantes a diputaciones y alcaldías, la presidenta del Instituto electoral advirtió que aquellos a los que se les encuentren antecedentes de violencia quedarán fuera del proceso.
LEOBARDO PÉREZ MARÍN
GRUPO CANTÓN
A unas horas de vencerse el plazo para el registro de candidatos, la presidenta del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), Maday Merino Damián advirtió que los lineamientos para este proceso electoral impiden a los violentadores de mujeres o deudores de pensión alimenticia participar como candidatos.
La presidenta del IEPCT dijo que se revisará la documentación de los precandidatos y advirtió que si se llegan a encontrar antecedes de violencia los bajarán del listado, aunque tengan toda la documentación en regla y un partido que los respalde.
IMPEDIMENTOS
“Si una persona está relacionado con temas administrativos, que esa persona sea considerada en temas administrativos de acoso en sus temas laborales o alguno que sea también deudor de pensión alimenticia, estamos hablando que son temas que les van a impedir que participen en este proceso electoral”, señaló.
Hay que mencionar que todos los aspirantes a diputados locales, regidores y alcaldes, tienen que cumplir con el 3de3 contra la violencia de género, por lo que quienes hayan sido sancionados por algún delito sexual o sean morosos en alguna pensión alimenticia, no podrán ser registrados como candidatos ante el IEPCT.
Y es que los consejeros electorales aprobaron la convocatoria oficial para el proceso del 2020 – 2021, donde se acordó poner candados para evitar que los hombres “golpeadores” puedan acceder a un cargo de elección popular, el mismo que fue avalado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).
Dentro de los requisitos que deberán cumplir los aspirantes se encuentran: No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público. No haber sido persona condenada, o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal.
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