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El juez Cuarto de Distrito en Materia de Procesos Penales determinó que existen elementos contra Roberto Conde Díaz, Juan Pablo Mejenes Jasso y Wanda I. Aguilar, fanáticos religiosos que mancharon de aceite 23 piezas de la cultura Olmecas, “por su presunta responsabilidad penal en la comisión del delitos”, por lo cual les decretó “auto de formal prisión” aunque esto no impedirá que sigan libres.
Dentro de la causa penal 5/2009, el Juzgado Cuarto halló probable responsabilidad de los acusados por “el delito previsto y sancionado en el Artículo 52 párrafo segundo de la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueóloga, Artísticos e Históricos, en relación a los numerales 7, fracción 1,8 y 13, fracción III, todos en el Código Penal Federal”.
Aunque Conde Díaz, Mejenes Jasso y I. Aguilar se acogieron al Artículo 20 de la Constitución y se negaron a rendir declaración preparatoria al ser detenidos y posteriormente liberados al pagar una fianza de 330 mil pesos, el Juzgador Cuarto en Materia de Procesos Penales determinó el 9 de febrero pasado el auto de formal prisión.
Como los delitos no son considerados graves debido a una legislación obsoleta, los tres fanáticos religiosos no pisarán la cárcel sino que seguirán su proceso penal en libertad.
/amc
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